Normativa Nacional que responde a las exigencias contemporáneas
La Actividad Deportiva requiere de dedicación física, mental y económica. Muchas veces este último factor mencionado opera como un filtro insalvable al momento en que un niño, joven o adulto quiere potenciar sus aptitudes físicas o prepararse para competir en algún evento de carácter Regional, Nacional o Internacional.
En la República Argentina existe una normativa matriz en cuanto a deporte, que es la Ley Nacional de Deporte Nº 27.202 sancionada en el año 2015, la cual contiene una elaborada técnica legislativa e incluye la creación de institutos específicos en el ámbito deportivo (Secretaría de Deportes de la Nación; Consejos Municipales del Deporte y la Actividad Física, entre otros) , dotándolos de autonomía, cartera de recursos y facultades suficientes como para avizorar un plan deportivo público Nacional superador y auspicioso. Esta nueva Ley de Deportes Argentina, viene a consolidar una idea federal de la inclusión de los niños, adolescentes y población en general al deporte, en tanto establece Consejos Regionales del Deporte y la Actividad Física , llamados a ser promotores de políticas regionales inclusivas de deporte social y comunitario. Como antecedente a esta ley, existe la antigua 20.655, sancionada en 1974, la cual no tuvo eficacia ni aplicación efectiva debido al régimen de facto y crisis económicas que la sucedieron y dificultaron su desarrollo en la práctica.
La nueva ley ubica a la Provincia de Misiones dentro de la “Región VII” junto con las Provincias de Chaco, Corrientes y Formosa, lo cual nos posiciona en un interesante compromiso de comprender la oportunidad sin precedentes que nos libera esta ley, que es el tener la herramienta para poder consolidar al deporte como integrante de la salud físico-mental a los planes de políticas públicas de gobierno de gobierno o bien comenzar a elaborar un marco de acción y compromiso de las empresas o el sector privado en el ámbito de la recreación física y deportiva.
Más alla de que nuestra Constitución Nacional no contenga una mención específica sobre Derecho al Deporte (como sí lo hace la Constitución de España de 1978) o como mencionan algunos autores, “derecho a la salud física y mental”, el interés de los legisladores es incorporar este derecho por medio de una Ley Nacional es un avance importante no solo para el país sino también para la región.
Ahora bien, más allá de la declaración de principios, consejos y recursos que se asignen en la Ley de Deportes Nacional, es fundamental que esas bondades se traduzcan efectivamente en el plano habitual de la vida de los ciudadanos y de los deportistas (sean amateurs o profesionales).
Lo mencionado en el párrafo anterior nos enfoca en considerar una actual problemática que enfrentan los competidores: la falta de recursos para desarrollar y potenciar su carrera deportiva. El deportista o aspirante a deportista, al momento de tener que costear los gastos que insumen entrenarse, inscribirse a competiciones, hospedarse, los viajes, entre otros ítems se ve en dificultades de obtener financiamiento externo (patrocinantes), por lo cual se ven obligados a destinar tiempo a trabajos, solicitar dinero a familiares o hasta empeñar pertenencias de forma tal de poder reunir el dinero que exige la actividad. Esta realidad hace que los talentos Argentinos (misioneros en especial) se vean coartados de competir y dedicar su empeño a lo que les apasiona.
Actualmente, a nivel nacional, en la Argentina no existe una ley que otorgue becas, o algún tipo de ayuda económica a los deportistas y sus entrenadores, cuando éstos no tengan recursos para sostener la preparación para alguna competencia.
El ENARD (Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo) con una ardua tarea de asistencia a Deportistas y competidores en mediciones Internacionales (Panamericanos, Sudamericanos, etcétera), solo contempla aquellos individuos que se encuentren con “proyección” a competidores medallistas. Esto quiere decir que los chicos, adolescentes amateurs o profesionales con escasos recursos no se ven cubiertos por los beneficios de esta institución.
Lo correcto sería observar esta situación y contemplar una correcta normativa que estimule, sustente y consolide un marco adecuado para que un niño con potencial en deportes de Natación, Tenis, Atletismo o cualquiera sea la disciplina obtenga todas las herramientas económicas, psicológicas, estructurales y logísticas para poder desarrollar su deporte.
Las Empresas como eje de financiamiento a Deportistas
Un importante avance en Misiones en cuanto a la materia ha sido la consolidación de una normativa que busca volcar la colaboración del sector empresarial en el marco del deporte federado. En Misiones esta normativa es la Ley Provincial Nº 11 denominada “Régimen de Sponsorización y Tutoría del Deporte” sancionada en el año 2011 (pero de reciente reglamentación) que funciona en el ámbito del Consejo Provincial de Deporte y Recreación. Dicha norma establece que la Dirección General de Rentas podrá establecer Bonificaciones de hasta un 5% en los impuestos provinciales a las Perosnas Físicas y/o Jurídicas que realicen “actos de patrocinio, estímulo y promoción” de actividades deportivas mediante un aporte dinerario.
Esta iniciativa trae la novedad de captar aquellas empresas que tributen en la Provincia de Misiones y ofrecer beneficios impositivos en torno a que contribuyan en el desarrollo, mantención o sponsorización a un deportista o entidad deportiva.
Sin dudas el estímulo para la empresa recae en el hecho de los beneficios impositivos que esto trae, pero más allá de ello, el hecho de que la compañía colabore con un fin social la beneficia a los fines publicitarios. Tal vez sea un avance en cuanto a la Responsabilidad Social Empresaria, como motivo de retribución o beneficencia altruista, pero también compone una visión coordinada y comprometida donde no solo el Estado se encarga de promover al deporte, sino que aquí las empresas vienen a fundar un nuevo esquema de participación.
Esta tendencia no es nueva, ya que existen antecedentes en otros países como España donde el Programa “España Compite” logró que a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014, la cual se renueva cada año, se estableciera Beneficios Fiscales en cuanto a la posibilidad de realizar deducciones al Impuesto de Sociedades a aquellas empresas que financien o patrocinen a deportistas.
La imagen pública en cuanto a marketing es un factor importante en el desplazamiento de la vida comercial de una empresa, por lo cual este nuevo régimen funciona como una oportunidad para regularizar impositivamente una compañía y sobre todo para crear un nexo de confianza y cercanía con el consumidor y el público en general.
Si sos una Empresa, una persona física y buscas asesoramiento, o simplemente tenés alguna duda acerca de la normativa vigente en torno al deporte, podes comunicarte con el equipo de G y E Consulting.
GE Consultores – consulting.gye@gmail.com
Carlos Adolfo Garcia Soderstrom – Abogado, Derecho Deportivo, Universidad Austral – adolfocarlos.garcia@gmail.com