El proyecto pretende establecer la responsabilidad sanitaria de los dueños, en la tenencia de perros y gatos, con el fin de garantizar el bienestar animal de nuestras mascotas.
El diputado provincial Rafael Pereyra Pigerl presentó un proyecto de ley, en conjunto con el presidente del bloque renovador, Martin Cesino, para penar con multas, y hasta cinco días de arresto, a quienes no cuiden convenientemente a sus mascotas.
Se entiende por responsabilidad sanitaria al deber que tienen los dueños de perros y gatos de proporcionar cuidado, espacio suficiente y adecuado, recursos vitales de alimentación, atención veterinaria periódica, trato afectuoso e interacción social, con el fin de que mantengan un nivel aceptable de salud y bienestar .
La responsabilidad sanitaria de los dueños de perros y gatos se traduce en los siguientes deberes:
.Poseer la cantidad de perros o gatos que la situación personal y patrimonial les permita sobrellevar una tenencia sanitaria responsable.
.Evitar ataduras o sujeciones permanentes e innecesarias.
.Brindar control veterinario periódico.
.Asegurar una reproducción responsable, caso contrario propender a la esterilización quirúrgica, temprana, de ambos sexos.
.Proporcionar un lugar limpio, que los resguarde de las bajas y altas temperaturas y de la lluvia.
.Desarrollar actividades recreativas acordes a la edad, tamaño y raza.
.Suministrarle atención veterinaria por enfermedades de ocurrencia habitual o esporádica.
.Evitar actos considerados como maltrato y actos de crueldad a los animales.
Asimismo, se busca la ampliación del artículo 75 del Código de Falta y Contravenciones, ampliando las multas y/o días de arrestado previsto a los dueños de perros o gatos que no sean sanitariamente responsables y no garanticen el bienestar del animal.
El proyecto establece que se impondrá multa de hasta el cincuenta por ciento del sueldo básico de un Juez de Paz de Primera Categoría -aproximadamente 60 mil pesos-, pero será variable, de acuerdo a la gravedad de la falta.
a) En última instancia, también se contemplan cinco días de arresto al que sin estar facultado por autoridad competente, tenga animales peligrosos o que puedan causar daño o, estando autorizado, no los custodie con la debida cautela; al que en lugares abiertos deje bestias de tiro, de carga, de carrera o cualquier otro animal sin haber tomado las precauciones suficientes para que no causen daño o estorben el tránsito;
c) a los dueños de perros o gatos que no sean sanitariamente responsables y no garanticen el bienestar del animal.
Fuente: Economis