El régimen de trabajadores de casas particulares es la manera de formalizar el trabajo de quienes realizan tareas de limpieza, jardinería, cuidado de personas y otro tipo de trabajos domésticos.
– Como empleador te conviene registrarlos porque estas en regla y tenes la cobertura por Accidentes de Trabajo.
– Como empleado accedes a una obra social, obtenes los aportes para tu jubilación, tenés cobertura por Accidente de Trabajo, Aguinaldo y Vacaciones.
Una duda que suelen tener los empleados es si al estar registrado pierden los planes sociales: esto no es así.
Modalidades de trabajo:
- Sin retiro para un mismo empleador (residen en el domicilio donde cumplen la actividad)
- Con retiro y para el mismo y único empleador
- Con retiro para distintos empleadores
¿Cómo se registra la relación laboral?
La registración se realiza ingresando a la página de AFIP con clave fiscal, en el portal de Personal de Casas Particulares.
En cuanto a los aportes y contribuciones, los aporte a la obra social están a cargo del empleado; y las contribuciones que son la jubilación y la ART están a cargo del empleador.
Para el cálculo del salario hay que tener en cuenta las horas semanales del trabajo:
– Si trabaja menos de 24 horas semanales, el cálculo se realiza en función al valor de la hora en función a la categoría que le corresponde.
– Si trabaja más de 24 horas semanales, el cálculo se realiza en función al valor mensual en función a la categoría que le corresponde.
Para aquellos que ya tienen registrado a su personal doméstico tengan en cuenta que hubo un incremento salarial a partir del 01 de Julio del 2018.