La ley de Emergencia Territorial Indígena tiene por objetivo la declaración de la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país.
El proyecto impulsado por el Diputado Nacional Daniel Di Stefano impulsa la extensión de los plazos establecidos en la Ley 26.160. Dicha ley La ley fija objetivos de relevamientos técnico-jurídico-catastral de la situación dominial de tierras ocupadas por las comunidades indígenas en el territorio nacional.
Como principio de reconocimiento de los derechos de dichos pueblos originarios por parte del Estado Argentino, resulta inviable cualquier desalojo injusto hasta tanto perdure el relevamiento mencionado.
El Diputado Nacional Daniel Di Stefano fundamenta que “históricamente la usurpación, el despojo de sus tierras y recursos hicieron que la población indígena fuera sometida a la extrema pobreza y exclusión social” y agrega “quienes ejercemos la representación, debemos garantizar los derechos que tienen por sobre lo que les pertenece”.
La ley 26.160 es importante porque establece un reconocimiento de la obligación del Estado de generar procesos participativos con la finalidad de reconocer la propiedad de territorios a las comunidades indígenas en Argentina.
En su argumentación, el legislador sostiene que es la misma Constitución Nacional Argentina que reconoce en su artículo 75 “la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas” y señala que debe garantizarse “la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que ocupan”.
El estado actualizado del relevamiento indica que de las 1532 comunidades identificadas por el Programa Nacional de Relevamiento Territorial Indígena (RETECI) sólo han sido relevadas 759 comunidades, lo que representa un %49 del total que traza el objetivo de la ley. Durante el año 2017, el Estado ha previsto relevar solo 150 comunidades, representado un total de %9,70.
“De no prorrogarse esta norma, quedarían a la deriva unas 926 comunidades de las que se registran actualmente, sin contar las que todavía no han sido inscriptas en el RENACI” indica el legislador.
Destaca que en Misiones actualmente son 74 comunidades originarias las que habitan en el territorio con una población aproximada de 3.000 personas asentadas en 40 aldeas, pero que en cumplimiento de la ley se debe continuar en la profundización del relevamiento.
Di Stefano considera que “es importante que como Estado seamos responsables por defender a nuestra gente, la ley debe profundizar su efectividad. Pensamos en esta herramienta que nos posibilita en lo inmediato proteger la vulnerabilidad de nuestros originarios”.