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Inclusión laboral trans, necesaria y urgente

Inclusión laboral trans, necesaria y urgente
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Las personas trans (travesti, transexual o transgénero) constituyen uno de los sectores de la población que más sufre la discriminación y la estigmatización. Uno de los ámbitos en los que se expresa la vulneración de sus derechos es en el laboral. Las personas trans sufren grandes dificultades para conseguir un trabajo formal y digno.

El año pasado, el presidente de la Nación, Alberto Fernández, emitió el decreto 721/2020 que estableció el Cupo Laboral Travesti Trans en el sector público garantizando un mínimo del 1% de la totalidad de cargos y contratos para personas travestis, transexuales y transgénero, en un hecho histórico que busca reparar una desigualdad estructural que existe en la sociedad respecto a la población travesti trans.

En esa misma línea, el 3 de septiembre del 2020, un día antes de que se conociera el decreto a nivel nacional, organizaciónes de la Ciudad capital de la Provincia de Misiones presentó un proyecto de ordenanza para incorporar un cupo laboral del 4% en la municipalidad de Posadas.

El proyecto lleva el nombre de Macarena Fitzmaurice, en reconocimiento a la historia de una de las primeras travestis que hizo pública su identidad en Misiones. El 30 de noviembre de 2006, y con 39 años, fue víctima de un crimen de travesticidio, como le ocurre a gran parte de las mujeres trans.

Entre los fundamentos del proyecto se establece que “Toda persona que habita la ciudad de Posadas tiene derecho al trabajo digno y productivo, a condiciones laborales equitativas y satisfactorias, y a la protección contra el desempleo, sin discriminación por motivos de su identidad de género. Desde los Estados deben generar las condiciones necesarias para la erradicación de la discriminación y garantizar la igualdad de derechos a toda la ciudadanía».

En este informe, la abogada y secretaria ejecutiva Comisión de Prevención de la Tortura Misiones, Andrea Zayas, nos habló sobre el Decreto 721/2020 que prevé la inclusión a las personas travestis, transexuales y transgénero en una proporción, no inferior al 1% dentro del sector publico Nacional y lo que dispone en lo provincial y Municipal.

Conocé más en este especial de #InformesP16

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