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Por inundaciones, Senadores piden declarar «en emergencia» al litoral argentino

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Por las graves inundaciones que azotan a la región, desde el bloque Justicialista del Senado piden la declaración de zona de desastre económico, social y productivo por 180 días.

Los senadores Pedro Guastavino, Sigrid Kunath y Carlos Espínola, en conjunto con el presidente del bloque Miguel Angel Pichetto, presentaron en el Senado de la Nación un proyecto de ley para declarar en emergencia a las localidades del Litoral afectadas por las recientes inundaciones.

La iniciativa presentada este lunes en la Cámara alta, declara zona de desastre económico, social y productivo por el término de 180 días, a las localidades afectadas por las recientes inundaciones en dicha zona, principalmente en las provincias de Corrientes, Chaco, Santa Fe y Entre Ríos, contabilizando más de 2000 evacuados hasta el presente.

Asimismo, en el texto se encomienda al Ejecutivo Nacional a ampliar los fondos destinados a la cobertura de los planes sociales, como también una asistencia financiera especial para las actividades económicas damnificadas. Además, establece el otorgamiento de créditos con tasas de interés bonificadas y solicita a la AFIP crear regímenes especiales, prorrogas en los vencimientos de pago y exenciones de impuestos, para aquellos contribuyentes que resulten afectados.

Cabe destacar que el artículo 2 establece que “el Poder Ejecutivo deberá definir los Departamentos afectados y destinar una partida especial para afrontar las acciones de asistencia y reconstrucción de las economías afectadas”.

Asimismo, insta al Ejectutivo a brindar “asistencia técnica y financiera realizando aportes no reembolsables para gastos de inversión y operación para recomponer la capacidad productiva, con preferencia a emprendimientos familiares con pequeñas escalas de producción y subsistencia”.

Para finalizar, la iniciativa faculta al Gobierno Nacional a “reasignar las partidas presupuestarias que resulten necesarias para dar cumplimiento a la presente ley, a reglamentar la misma y a dictar las normas complementarias que resulten necesarias para la aplicación de la misma”.

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