Argentina celebra hoy el Día del Animal

La asociación protectora de animales promovió la sanción de la Ley Nº 2786 promulgada el 25 de junio de 1891 y que obliga a proteger a los animales, evitar el maltrato y la caza.

Se celebra hoy en Argentina el Día del Animal. La fecha fue elegida por la Sociedad Protectora de Animales en homenaje al doctor Ignacio Lucas Albarracín, nacido en San Juan y protector de los animales, quien falleció el 29 de abril de 1926.

Albarracín junto a Domingo Faustino Sarmiento impulsaron la creación de la asociación protectora que fue presidida por Sarmiento siendo Albarracín secretario, y reemplazándolo en la presidencia.

La asociación protectora de animales promovió la sanción de la Ley Nº 2786 promulgada el 25 de junio de 1891 y que obliga a proteger a los animales, evitar el maltrato y la caza.

En el año 1977, la Liga Internacional de los Derechos del Animal aprobó una declaración que fue proclamada un año después y luego fue aprobada por la ONU –Organización de las Naciones Unidas” y por la UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura.

Declaración de los Derechos del Animal

Considerando que todo animal posee derechos y que el desconocimiento y desprecio de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer crímenes contra la naturaleza y los animales, se proclama lo siguiente:

Artículo 1

Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.

Artículo 2

a) Todo animal tiene derecho al respeto.

B) El hombre, como especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos, violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.

C) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.

Artículo 3

a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles.

B) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.

Artículo 4

a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse.

B) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.

Artículo 5

a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie.

B) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles es contraria a dicho derecho.

Artículo 6

a) Todo animal que el hombre haya escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.

B) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.

Artículo 7

Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.

Artículo 8

a) La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como de otra forma de experimentación.

B) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.

Artículo 9

Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.

Artículo 10

a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.

B) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal.

Artículo 11

Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.

Artículo 12

  1. A) Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.B) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.

    Artículo 13

    a) Un animal muerto debe ser tratado con respeto.

    B) Las escenas de violencia, en las cuales los animales son víctimas, deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas tienen como fin dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.

    Artículo 14

    Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben ser representados a nivel gubernamental.

    Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre.

 

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